· Entre las nuevas normas
incluidas en el Paquete de Movilidad aprobado por la Unión europea se encuentra
el Reglamento sobre información electrónica en el transporte de mercancías que
será de aplicación efectiva a partir de 2024.
· El uso de la documentación electrónica frente al formato en papel supone un ahorro de hasta el 70%, estimando la Comisión europea que el uso de documentos digitales permitirá a las empresas ahorrar hasta 27 000 millones de euros en los próximos 20 años. En España, un Grupo de Trabajo formado por asociaciones de empresas cargadoras, operadores logísticos y de transporte, entre las que se encuentra Fenadismer, tiene como objetivo fomentar su utilización por las indudables ventajas que la documentación electrónica aporta para el transporte por carretera.
Entre las medidas incluídas en el Paquete de Movilidad
aprobado por la Unión Europea el pasado mes de julio se encuentra el nuevo Reglamento sobre información
electrónica en el transporte de mercancías, que si bien entró en vigor el
pasado 20 de agosto,
comenzará a tener efectos concretos en 2024, una vez que la Comisión Europea
desarrolle a partir de 2022 las especificaciones técnicas para las plataformas
electrónicas de intercambio de información, previéndose que en Agosto de 2024
las empresas de transporte de los diferentes modos de transporte, incluido el
transporte por carretera, podrán enviar información electrónica utilizando un
formato armonizado en todos los Estados miembros de la UE.
El Reglamento establece un marco
jurídico para que los operadores de transporte por carretera, ferroviario,
marítimo y aéreo compartan, en formato electrónico, la información relativa al
transporte de mercancías en la UE (incluidas las mercancías en tránsito), que
un operador económico debe poner a disposición por las autoridades competentes
con el fin de certificar el cumplimiento del envío con la legislación vigente,
lo que aportará importantes beneficios al transporte de mercancías por
carretera de la UE.
Debe quedar claro que el nuevo Reglamento
europeo no impone ninguna obligación al operador económico de facilitar
información en formato electrónico, pero establece que en el caso de que decida
utilizar el modo digital podrá hacerlo y las autoridades competentes de los
Estados miembros están obligadas a aceptar la información electrónica.
recibirán.
Actualmente, se utilizan varias
soluciones de información electrónica en toda Europa para intercambiar
información sobre el transporte, pero su incompatibilidad a menudo lleva a
los conductores a preferir documentos en papel, un proceso costoso y que
requiere mucho tiempo.
El nuevo Reglamento precisamente
tiene como objetivo estandarizar el uso de información electrónica, lo que
fomentará entre las empresas de transporte el uso de las soluciones digitales.
El Reglamento es solo un punto de partida para una mayor digitalización del
transporte, ya que aún está pendiente de ratificación por parte de todos los
Estados miembros de la UE la convención
e-CMR (CMR electrónico). El uso del e-CMR en lugar de su alternativa en
papel ya ha demostrado ser siete veces más barato.
La nueva regulación aprobada por la
UE aumentará la eficiencia de todos los tipos de transporte, reduciendo los
costos para los operadores, simplificando la aplicación y eliminando las
barreras del idioma. Esto mejorará significativamente la eficiencia del
transporte en el mercado único de la UE. De hecho, la Comisión Europea estima
que la reducción de la carga administrativa resultante del uso de doucmentos
digitales permitirá a las empresas ahorrar hasta 27 000 millones de euros en
los próximos 20 años.
El Reglamento regula la información digitalizable que el
transportista / operador logístico debe proporcionar sobre la base de normas
comunitarias específicas y actos de ejecución relacionados de la Comisión y de
los Estados miembros individuales. Así, la información afectada por el proceso
de digitalización previsto en el Reglamento se refiere, entre otras, a los siguientes aspectos:
- los
elementos que debe contener el documento de transporte si se realiza una
operación combinada por cuenta de terceros
- los datos
que deben proporcionarse como prueba que acredite la conformidad de un
transporte de cabotaje.
- la
información que debe estar contenida en el documento de transporte en caso
de que se manipulen mercancías peligrosas de acuerdo con acuerdos
internacionales (ADR para transporte por carretera, RID para transporte ferroviario
y ADN para transporte por vías navegables interiores.
- la
información que debe acompañar al transporte de residuos de conformidad
con la regulación europea relativa a los traslados de residuos
- los
requisitos de información establecidos en las Directivas europeas sobre la
interoperabilidad del sistema ferroviario de la UE.
- los
requisitos de información establecidos en la Reglamentación europea sobre
normas comunes para la seguridad de la aviación civil.
Por último
cabe recordar que en España diferentes asociaciones de empresas cargadoras, de
operadores logísticos y del transporte, entre las que se encuentra FENADISMER,
han constituido un Grupo de Trabajo con el objetivo de fomentar el uso de la
Documentación Electrónica en l transporte por carretera, por las indudables
ventajas de ahorro de costes, eficiencia, trasparencia y trazabilidad que representa
frente a la documentación en formato papel.






