Estimados compañeros
Os informamos que en el dÃa de hoy ha sido publicada en el
BOE la Resolución de 19 de marzo de 2022 de la Dirección General de Transporte
Terrestre por la que se procede a la derogación temporal del cumplimiento de
los tiempos de conducción y descanso para el transporte de mercancÃas.
Ante la situación en la que se encuentra desde hace dÃas el
sector del transporte de mercancÃas por carretera, que está afectando al normal
funcionamiento de determinados flujos de mercancÃas a los centros de producción
e industria, asà como a la distribución final de los productos, la Dirección
general de Transporte por Carretera ha tomado la decisión de establecer la exención
temporal del cumplimiento de determinadas normas sobre tiempos de conducción y
descanso. En concreto:
- Sustituir el lÃmite de
conducción diaria máximo de 9 horas por uno de 11 horas.
- Sustituir el lÃmite de
conducción semanal máximo de 56 horas por uno de 60 horas.
- Sustituir el lÃmite de
conducción bisemanal máximo de 90 horas por uno de 102 horas.
- Reducir los requisitos
del descanso diario de 11 horas por uno de 9 horas.
- Posibilidad de tomar dos
descansos semanales reducidos consecutivos de al menos 24 horas, siempre
que se tome la compensación de los mismos unida al siguiente descanso
semanal normal
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Estas exenciones serán de aplicación desde el dÃa 17 al
27 de marzo de 2022, ambos incluidos.






