·   El
acuerdo suscrito entre la UE y el Reino Unido a finales del pasado mes de
Diciembre ha permitido dar continuidad a la actividad del transporte
por carretera pero ralentizada por los nuevos trámites burocráticos exigidos a
los transportistas en los controles fronterizos y aduaneros, lo que está desincentivándoles
a realizar dicha ruta, especialmente en las importaciones desde el Reino Unido .
·      Dicha situación ha obligado al Gobierno británico a flexibilizar al menos hasta el 31 de marzo la regulación sobre los tiempos de conducción y descanso en los servicios de transporte realizados en dicho paÃs.
Como ha venido FENADISMER advirtiendo, si bien el acuerdo suscrito entre la Unión europea y el Reino Unido a finales del pasado mes de Diciembre ha permitido dar continuidad a los flujos comerciales entre los diferentes paÃses de la Unión Europea y el paÃs británico tras la finalización del perÃodo transitorio el pasado 31 de Diciembre, aunque el establecimiento de los nuevos controles fronterizos y aduaneros está afectando negativamente a la prestación de los servicios de transporte por carretera, al ralentizarse de forma importante la actividad de los camiones que realizan dichos servicios.
De hecho, aunque el Acuerdo post Brexit prevé el acceso ilimitado al transporte internacional sin cuotas ni imitaciones de cupo para las empresas transportistas que transportan mercancÃas por carretera entre la UE y el Reino Unido, sin embargo la obligación de realizar nuevos trámites burocráticos, la falta de información clara sobre los procedimientos a seguir y la ralentización que están sufriendo los camiones que prestan dichos servicios, con el consiguiente incremento de los costes, está desincentivando a muchos transportistas españoles y de otros paÃses europeos a continuar realizando tráficos a dicho paÃs, especialmente en el transporte de mercancÃa británica hacia el continente, optando por elegir destinos más cómodos y de mayor rentabilidad en el resto de Europa.
Dicha
situación ha obligado al Gobierno británico a flexibilizar, al menos hasta el
próximo 31 de marzo, la regulación sobre tiempos de conducción y descanso que
deben cumplir los conductores profesionales mediante el tacógrafo, permitiendo
que puedan tomar seguidos los descansos semanales reducidos para poder realizar
jornadas semanales de 6 dÃas consecutivos e incrementando el tiempo máximo de
conducción bisemanal hasta las 96 horas, entre otras.Â






