Madrid, 27 de mayo de 2021. CONPYMES considera que la prórroga de los ERTE
resulta insuficiente además de llegar con un retraso, que no por reiterativo, resulta
inusitado. Además, también la considera insuficiente porque se mantiene la obligación
de la salvaguarda del empleo por parte de las empresas con la misma tesitura que la
existente y, por lo tanto, se mantiene el criterio técnico sobre los efectos que
conlleva el hecho de no cumplir con la obligación de salvaguarda del empleo de
seis meses de las empresas afectadas por ERTE, el cual se considera
desproporcionado y manifiestamente abusivo.
La patronal alerta que el criterio fija que la pérdida de un solo puesto de trabajo trae
consigo que se tenga que reintegrar la totalidad de las cotizaciones a la seguridad social
exoneradas, con el recargo e intereses de demora adicionales, y para todas las
personas trabajadoras a las que se haya aplicado la exoneración. Ante esto,
CONPYMES considera que la afectación tendría que ser solo caso a caso, y no
para la totalidad de la plantilla y que esta proporcionalidad se tiene que recoger
tanto en el importe a devolver, como por razón de dimensión de la empresa, que
es también determinante en estos casos, pero que las consecuencias, por el abuso y
desproporción en su interpretación, pueden traer consigo la pérdida de muchos más
puestos de trabajo de los que se pretendían preservar en un inicio.
Por otro lado, la entidad considera que se menosprecia al empresariado cuando se
introducen incentivos en la activación de personas trabajadoras y, en concreto, que las
manifestaciones del ministro Escrivá para justificarlo solo pueden ser fruto de un
sesgo de interpretación. Desde la patronal se afirma que las empresas no deciden
libremente cuando activan a las personas trabajadoras, ni que la mayor duración de la
suspensión sea sinónimo de más probabilidad de cierre. CONPYMES también ha
puesto de manifiesto que los empresarios deciden activar a personas cuando la fuerza
del trabajo se hace necesaria, y este es un hecho que no dependerá de los “incentivos”,
salvo que fueran permanentes, indefinidos, ya que, de no serlo, resulta evidente que
la activación anticipada, a pesar de ser incentivada, solo puede provocar la
quiebra de la empresa si lo hace con costes estructurales superiores a los de los
ingresos que le genera la demanda.
En este sentido, desde la patronal se ha cuestionado el diseño de las exoneraciones
porque se presupone que se mantienen las personas en ERTE por “voluntad
empresarial”, cuando todo el mundo sabe que, cuando una empresa que puede
incrementar sus ingresos a partir de incorporar la fuerza del trabajo de sus
colaboradores, lo hace sin ninguna trampa como las exoneraciones que se plantean.
Para CONPYMES lo que perpetúa las afectaciones de personas trabajadoras en
los ERTE son las medidas de limitación de la actividad económica y las
restricciones y, sobre todo, el impacto en toda la cadena de valor de muchísimos
sectores. Por otro lado, no se tiene en cuenta que estas exoneraciones de cuotas a la
seguridad social no cubran la totalidad del gasto estructural que sostienen las empresas,
ni la pérdida de ingresos que está muy alejada de la realidad de las ayudas directas que
se han otorgado en muchos países europeos para garantizar la sostenibilidad del tejido
productivo.
Finalmente, la entidad ha recordado que esta crisis solo la superaremos si
preservamos el máximo número de empresas posibles que puedan garantizar a
su vez el máximo número de puestos de trabajo, y que ahora mismo, los indicadores
no van en este camino, y considera que la fecha fijada de 30 de septiembre,
atendiendo a las dificultades con las cuales se desarrolla la vacunación y el hecho
de que muchos sectores ya dan por perdida la campaña de verano, se quedará
corta, y habría que prorrogarla hasta el 31 de marzo de 2022, antesala de la semana
santa en la que se inicia la temporada turística en España