Fecha, 07 de Enero de 2022
Nuevos importes de la
indemnización por paralización y daños en transporte de mercancías para 2022.
En la Ley de Presupuestos Generales del Estado para
el año 2022, aprobados mediante la Ley 22/2021, de 28 de Diciembre, se actualiza
las cuantías del índice IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples)
que se utiliza como referencia para diferentes conceptos económicos en
transporte por carretera. En concreto se revaloriza este año un 2´5 %, respecto
a la última actualización de 2021, quedando fijada la cuantía del IPREM/día en 19´30
euros, que es la magnitud que se utiliza de referencia para el cálculo de la
indemnización por paralización del vehículo así como de los daños en transporte
de mercancías.
En
consecuencia, a partir del 1 de Enero de este año quedan establecidos como nuevos
importes, tanto para las paralizaciones de vehículos como para el límite de las
indemnizaciones por pérdidas y averías de las mercancías transportadas, los
siguientes si no se pacta expresamente otro importe de responsabilidad entre
cargador y porteador, tal y como regula la Ley 15/2009 del Contrato del
Transporte Terrestre:
- Paralización del vehículo (aplicable también a
los siniestros o averías de los vehículos de transporte):
El
primer día de paralización, queda establecido en 38,60 € (excluidas las 2 horas
iniciales) y en un máximo 376,60 € por día (equivalente a 10 horas de
paralización).
A
partir del segundo día: se incrementan las paralizaciones iniciales en un 25%,
resultando un importe de: 48,25 €/hora y 482,50 €/día, respectivamente.
A
partir del tercer día y sucesivos: se incrementan las paralizaciones iniciales
en un 50% resultando: 57,90 €/hora y 579,00 €/día, respectivamente.
- Límite cuantía de la responsabilidad por
pérdida y avería de la mercancía:
El
límite máximo por el que responde el transportista, que se establece en 1/3 del
IPREM, queda fijado en 6´43 €/kg bruto transportado,